En Colombia, una hora extra diurna se paga con un recargo del 25% sobre el valor de la hora ordinaria, y una hora extra nocturna con un recargo del 75%. No existe un tramo del 50% “a partir de la tercera hora” como circula en algunos blogs — el recargo depende del horario (diurno o nocturno) en que se trabaje, no de cuántas horas extra acumules ese día.
¿Cómo se calcula el valor de la hora ordinaria?
Con la jornada laboral máxima de 42 horas semanales (vigente desde el 15 de julio de 2026), el valor de la hora ordinaria se calcula dividiendo el salario mensual entre aproximadamente 182 horas (42 horas × 52 semanas ÷ 12 meses). Por ejemplo, con un salario de $2.000.000, la hora ordinaria vale cerca de $10.989.
Los 3 tipos de recargo que debes conocer
- Hora extra diurna (6:00 a.m. a 7:00 p.m.): 25% de recargo.
- Hora extra nocturna (7:00 p.m. a 6:00 a.m. — el horario nocturno se amplió desde julio de 2026, antes empezaba a las 9:00 p.m.): 75% de recargo.
- Trabajo dominical o festivo: 90% de recargo (subió del 80% anterior, vigente desde el 1 de julio de 2026).
Límites legales
El máximo permitido es de 2 horas extra al día y 12 horas extra a la semana. Trabajar más de eso requiere autorización especial del Ministerio del Trabajo — no es una decisión que el empleador pueda tomar por su cuenta.
¿Quieres el cálculo exacto para tu caso? Usa la calculadora de horas extra 2026 — solo ingresa tu salario y las horas trabajadas.